Alerta Sector Energía

El 12 de junio de 2021 se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, las siguientes normas: energia 

Ø Electricidad: Precisan el artículo 2 de la Resolución N° 092-2021-OS/CD que modificó el Procedimiento Técnico del COES N° 31 “Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación” (PR-31) energia 

Mediante Resolución N° 121-2021-OS/CD se precisa el artículo 2 de la Resolución N° 092-2021-OS/CD que modificó el PR-31. A continuación, el ajuste al artículo 2 modificado: energia 

Artículo 2.- Disponer que la primera presentación de información a que se refiere el Anexo 3 del PR-31 modificado, deberá remitirse al COES hasta el 21 de junio de 2021 y tendrá efectos dentro del cálculo a cargo de dicha entidad a partir del 01 de julio de 2021. energia 

De no efectuar la primera presentación de información o no subsanar las observaciones dentro del plazo, el COES aplicará, de manera supletoria para su cálculo, la misma consecuencia establecida en el numeral 4.2 del Anexo 3 del PR-31 modificado, prevista para los Participantes Generadores termoeléctricos que tuviesen proyectado incorporar al SEIN nuevas Centrales o Unidades de Generación y no presenten información.” energia 

Ø Electricidad: Aprueban el informe de liquidación de intereses compensatorios a abril de 2021, a ser cancelados, de conformidad con la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)” 

Mediante Resolución Directoral N° 043-2021-OS/GRT se aprueba el informe de liquidación de intereses compensatorios a abril de 2021, a ser cancelados, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 11 de la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 035-2020 modificado por el Decreto de Urgencia N° 062-2020” aprobada por Resolución 071-2020-OS/CD, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Ø Aprueban “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”, modifican el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin y modifican disposiciones relacionadas a autoridades administrativas en los procedimientos tramitados ante Osinergmin en el sector energético y minero 

Mediante Resolución N° 120-2021-OS/CD se aprueba la “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”, que entró en vigencia el 13 de junio de 2021 y cuyo objeto brindar mayor predictibilidad con relación a los criterios y componentes a ser considerados por las autoridades competentes de Osinergmin para la determinación de la multa base, como parte del proceso de graduación de multas a ser impuestas a los agentes fiscalizados, conforme a lo previsto en el numeral 26.3 del artículo 26 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 208-2020-OS/CD.

Asimismo, la Resolución N° 120-2021-OS/CD modifica los numerales 1.2 y 1.3 del artículo 1 de la Resolución N° 057-2019-OS/CD, que aprueba disposiciones relacionadas a instancias administrativas en los procedimientos tramitados ante Osinergmin. 

Adicionalmente, la Resolución N° 120-2021-OS/CD modifica los numerales 4.2 y 4.3 del artículo 4, los numerales 26.3 y 26.6 del artículo 26, el numeral 35.6 del artículo 35 y el numeral 38.2 del artículo 38; e incorpórese el numeral 40.6 al artículo 40 del “Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin”, aprobado por Resolución N° 208-2020-OS/CD.

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