Osinergmin crea 4 nuevas infracciones en temas de seguridad minera

Multas pueden llegar a más de S/9 millones. Por otro lado, se han eliminado dos conductas anteriormente tipificadas y se redujó el monto de una multa en más de S/7 millones. Conozca los detalles.

Normativa anterior regía desde el 2017. (Foto: Bloomberg)

El Osinergmin emitió una nueva resolución mediante la que modificó la tabla de infracciones relacionadas a la seguridad minera. Uno de los cambios más importantes es la creación de 4 nuevas infracciones relacionadas con dicho tema, con multas que pueden llegar hasta más de S/9 millones.

Ahora, las empresas deben contar con una “ingeniería detallada de obras civiles del sistema de transporte minero y de las instalaciones electromecánicas”. De no hacerlo, la empresa será sancionada con una multa de hasta 1,939.06 UIT (S/9,583,497).

Asimismo, la falta de instalación, operación y mantenimiento de equipos acarreará una multa de hasta 150 UIT (S/742,500).

Por otro lado, ahora no presentar “comunicaciones de suspensión y levantamiento de suspensión de actividades de explotación, beneficio y transporte minero” ni la “comunicación de la culminación de la construcción del proyecto de modificación de la concesión de beneficio” serán conductas con sanciones de hasta 9.05 UIT (S/44,797.5), cada una.

Cabe señalar que anteriormente se le solicitaba a las empresas contar con estudios y planos de su operación, conducta que, de no cumplirse acarreaba una multa de 500 UIT (S/2,475,000). Ahora la norma especifica que las empresas además deben contar con un Certificado de Aseguramiento de la Calidad de la Construcción y/o Instalaciones (CQA), un informe final y planos de obra terminados, por lo que las obligaciones de la empresa se han incrementando en dicho sentido.

Reducción de multas
Por otro lado, la modificación de la tabla de sanciones también trae consigo un cambio favorable para las empresas.

En ese sentido, se redujo la multa relacionada a la no presentación de una copia del Acta de aprobación del Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional a la entidad de 1,500 UIT (S/7,425,000) a solo 9.05 UIT (S/44,797.5).

De acuerdo con Alicia Jiménez, abogada del estudio PPU, reducciones de este tipo son buenas para el desarrollo de la actividad, dado que “sanciones tan drásticas por incumplimientos formales, como el no presentar documentos, no suelen tener un resultado positivo”.

En ese mismo sentido, se eliminó la infracción relacionada con no presentar el “informe del cumplimiento de las recomendaciones y medidas anotadas en el libro de Seguridad y Salud Ocupacional”, conducta que antes estaba multada con hasta 100 UIT (S/495,000). Lo mismo ocurrió con la infracción relacionada con tener un Certificado de Operación Minera, anteriormente sancionado con una multa de hasta 400 UIT (S/1,980,000).

Fuente:

Diario Gestión

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