Adecuación del cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental - Módulo IMA
Perú Newsflash

Adecuación del cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental - Módulo IMA

El 23 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo No. 00007-2026-OEFA/PCD, mediante la cual el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) adecua el cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental – Módulo IMA.

El Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental (Módulo IMA) es el medio electrónico oficial implementado por el OEFA, mediante el cual los titulares de actividades fiscalizables cumplen con la obligación de presentar sus informes de monitoreo ambiental. Esto permite a la Entidad la recepción, sistematización, trazabilidad y verificación de dicha información para el ejercicio de la función supervisora y de fiscalización ambiental.

En dicho marco, se establece el siguiente cronograma actualizado:

Adicionalmente, mediante la referida resolución, se aprueba el listado de los titulares de actividades bajo competencia del OEFA que quedan habilitados para el acceso y uso del Módulo IMA correspondiente a la Quinta Fase, el cual se consigna como Anexo integrante de la norma.

Los titulares comprendidos en las fases habilitadas se encuentran obligados a presentar sus Informes de Monitoreo Ambiental exclusivamente a través del Módulo IMA, conforme al Procedimiento aprobado por la Resolución de Consejo Directivo No. 00028-2021-OEFA/CD y sus modificatorias.

De acuerdo con lo establecido en la citada resolución, a partir del día hábil siguiente a la publicación del listado, los administrados comprendidos cuentan con un plazo de noventa (90) días calendario destinado a la inducción y familiarización con el Módulo IMA. Durante dicho periodo, su uso es de carácter facultativo. Vencido el plazo, los titulares habilitados quedan obligados a presentar sus Informes de Monitoreo Ambiental exclusivamente a través del Módulo IMA.

Para consultar el listado de los titulares de actividades fiscalizables que se encuentran habilitados para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental – Módulo IMA, se puede acceder al siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9329997/7651157-rpcd-00007-2026-oefa-pcd-vff.pdf?v=1769109950