El día 07 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 40-2026-SERVIR-PE, mediante la cual se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad del Servicio Civil – SERVIR que dispone la aprobación de la implementación obligatoria, excepcional y temporal de teletrabajo para servidores civiles de las entidades de la administración pública durante el periodo de emergencia por el suministro de gas natural.
A continuación, les hacemos llegar mediante el siguiente cuadro las principales consideraciones de la Resolución:


Aún no se han emitido disposiciones que alcancen o sugieran medidas laborales aplicables al sector privado.
[1] Las entidades públicas comprendidas son: Organismos electorales; Establecimientos de salud; Plataformas de atención del Estado; Entidades de fiscalización, supervisión y regulación, como INDECOPI, SUNAFIL, ATU y OSINERGMIN; Programa Nacional Aurora – Centros de Emergencia Mujer; Entidades públicas que realizan actividades logísticas vinculadas al transporte aéreo, portuario y terrestre; y otras entidades que realicen servicios esenciales de atención presencial, cuya continuidad resulte necesaria para garantizar la provisión de servicios básicos a la ciudadanía.