El día de hoy, 17 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo No. 007-2025-TR, mediante el cual se modifica el artículo 14° del Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios aprobado por Decreto Supremo No. 004-97-TR y se incorpora el artículo 14-A.
De esa forma, con la presente modificación, se faculta el retiro de hasta el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios para casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer.
A continuación, les hacemos llegar mediante el siguiente cuadro las principales consideraciones para efectuar el retiro:
