Argentina avanza con un nuevo esquema para atraer capitales extranjeros mediante la denominada «ciudadanía por inversión». El Gobierno de Javier Milei anunció un programa que permitirá a ciudadanos extranjeros solicitar la nacionalidad argentina a cambio de un aporte económico al Estado o de una inversión en títulos públicos.
La iniciativa fue presentada el viernes 2 de octubre por el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli, durante la Argentina Week, realizada en París.
El programa contempla dos alternativas. La primera consiste en realizar un aporte directo y no reembolsable de US$ 350,000 al Tesoro Nacional. La segunda opción establece una inversión de US$ 800,000 en un título público creado específicamente para este programa.
Según el Gobierno argentino, el esquema estará operativo para recibir solicitudes durante el cuarto trimestre de 2026. La medida forma parte de la estrategia del gobierno de Milei para captar dólares y promover la llegada de inversiones extranjeras.
¿Se puede aplicar en Perú?
Amable Vasquez, asociada de PPU, sostuvo que nuestra Constitución dispone un límite estricto para el acceso a la nacionalidad peruana, y es que su artículo 52 establece que la nacionalidad peruana puede obtenerse siempre que se tenga residencia en Perú.
«Esto quiere decir que, bajo el marco constitucional actual, no sería posible otorgar un «pasaporte dorado» que conceda la nacionalidad de forma inmediata, sin residencia efectiva en el país», refirió.
La experta comentó que el artículo 53 de la Constitución establece que la ley es la encargada de regular las formas en la que se adquiere y recupera la nacionalidad.
Por ende, para aplicar una medida similar sería necesario, en primer lugar, una reforma constitucional que elimine o flexibilice el requisito de residencia del artículo 52 y, adicionalmente, la emisión de una norma con rango de ley que modifique la actual Ley de Nacionalidad, Ley N° 26574, para regular esta nueva forma de adquisición de la nacionalidad.
[…]
«Residencia por inversión», más no ciudanía
Por otro lado, Amable Vasquez comentó que, según nuestro ordenamiento jurídico, sí existe una opción de residencia por inversión, mas no de ciudadanía ni de nacionalidad.
«Se trata de la Calidad Migratoria de Inversionista, regulada por el Decreto Legislativo de Migraciones, Decreto Legislativo N°1350, y su Reglamento. Esta contempla la posibilidad de otorgar una permanencia válida en el país para quienes, entre otros requisitos, cumplan con efectuar una inversión en el país igual o superior a S/ 500,000. Esta calidad migratoria otorga un estatus de residente en el país, mas no la nacionalidad peruana», detalló.
La experta añadió que, tras la obtención de la Calidad Migratoria de Inversionista, la normativa migratoria actual contempla la posibilidad de obtener la nacionalidad peruana por naturalización, procedimiento que, entre otros requisitos, exige el cumplimiento de 2 años consecutivos de residencia legal en el país.
Implicancias legales
Amable Vasquez señaló que, de buscarse implementar una medida como la de Argentina, de ciudadanía por inversión, se requeriría una reforma constitucional y la emisión de una norma con rango de ley. La implicancia legal directa sería dejar sin efecto el requisito de residencia en el país que se exige a nivel constitucional desde la reforma del 2018, agregó.
«Incentivar las inversiones en el país es un mecanismo legítimo de obtención de recursos. Sin embargo, considerando los límites constitucionales y legales presentes en la actualidad, su implementación implicaría un proceso complejo de reforma que podría, al menos, atrasar los beneficios esperados», refirió.
Además, comentó que los riesgos reputacionales a nivel internacional y las posibles afectaciones a los acuerdos migratorios vigentes podrían eventualmente contrarrestar las ventajas económicas. «Una opción viable e inmediata a la fecha es fortalecer y promover la Calidad Migratoria de Inversionista ya regulada, que permite captar inversión extranjera sin necesidad de reformas constitucionales», anotó.
[…]