El día de hoy, 06 de febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo No. 011-2026-EF, mediante la cual se aprobó el Reglamento de la Ley que habilita la billetera digital para percibir el pago de haber y otras obligaciones.
De conformidad con el artículo 4° de la Ley No. 32413, publicada el 12 de julio de 2025, el Reglamento contiene los estándares de seguridad necesarios para el uso de la billetera digital. Para ello, modifica el artículo 18° y la Quinta Disposición Transitoria y Complementaria del Decreto Supremo No. 001-98-TR, el cual aprueba las normas reglamentarias relativas a la obligación de los empleadores de llevar Planillas de Pago.
A continuación, les hacemos llegar mediante el siguiente cuadro las principales consideraciones que incorpora el Reglamento:
