Las últimas normas que ingresaron al borrador de nueva constitución luego de la votación de los informes de las comisiones de sistema político, derechos fundamentales, pueblos indígenas, justicia y medio ambiente.

Juan Pérez

Juan Pérez

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Durante la semana pasada se votaron en el Pleno los últimos informes emanados de las Comisiones de Sistema Político, Derechos Fundamentales, Pueblos Indígenas, Justicia y Medio Ambiente, donde se incorporaron los últimos artículos al borrador preliminar de la nueva Constitución. Véase en la siguiente sección el link de acceso al borrador de la nueva Constitución.
Durante la semana pasada se votaron en el Pleno los últimos informes emanados de las Comisiones de Sistema Político, Derechos Fundamentales, Pueblos Indígenas, Justicia y Medio Ambiente, donde se incorporaron los últimos artículos al borrador preliminar de la nueva Constitución. Véase en la siguiente sección el link de acceso al borrador de la nueva Constitución.

Dentro de las normas aprobada en materia de derechos fundamentales, destaca la aprobación del derecho a la educación, y la regulación de un “Sistema Nacional de Educación” integrado por establecimientos sujetos a un régimen común y que “tendrán prohibida toda forma de lucro”. Asimismo, se terminaron de votar las últimas normas que darán forma al Sistema Nacional de Salud.

Por otra parte, respecto de las normas propuestas por la Comisión de Justicia, el pasado viernes se aprobaron las normas restantes del estatuto constitucional del Banco Central, estableciéndose que su objetivo será “velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”. En cuanto al sistema de remoción de dicho órgano, se estableció que los consejeros podrán ser destituidos por resolución de la mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema, previo requerimiento que podrá emanar de la mayoría de los consejeros, el Presidente de la República, o la mayoría del Congreso o de la Cámara de las Regiones. Junto a ello, se votó la propuesta de reforma a la nueva Constitución, resultando rechazado el artículo que disponía un quorum de 4/7 como norma general para reformas constitucionales. Dado la ausencia de norma, debiese aplicarse el mismo quórum que existe para aprobar una ley ordinaria, esto es, mayoría simple del Congreso de Diputados y de la Cámara de las Regiones. La excepción estará dada por las reformas constitucionales que impliquen cambios “sustanciales” en determinadas materias (régimen político, la forma de Estado Regional, principios y derechos fundamentales, entre otras), donde el Pleno sí aprobó la norma propuesta que exige o un plebiscito ratificatorio o un quorum de 2/3 por parte del Congreso de Diputados y la Cámara de las Regiones.

El sábado pasado fue el turno de las normas propuestas por la Comisión de Medio Ambiente donde destacó la aprobación de una disposición que establece que “el mar y las playas son bienes comunes naturales inapropiables”. Por otra parte, se rechazó la disposición que establecía que “las actividades mineras de exploración, explotación o aprovechamiento, requerirán ser autorizadas por los títulos administrativos que defina la ley”, dejándose así fuera de la Constitución la regulación de los títulos habilitantes para la exploración y explotación minera.