Alerta Sector Energía

·       Electricidad: Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de abril de 2021. energia 

El 3 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 049-2021-OS/GRT, que aprueba los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de abril de 2021, de acuerdo con lo siguiente:energia 

·       Electricidad: Sustituyen cuadro consignado en el artículo 1 de la Resolución N° 080-2021-OS/CD, que aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027. energia 

El 3 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 163-2021-OS/CD, que sustituye el cuadro consignado en al artículo 1 de la Resolución N° 080-2021-OS/CD,  a través de la cual se aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027, por el siguiente cuadro: energia 

Proyectos Normativos energia 

·       Electricidad: Disponen la publicación en el portal de internet de Osinergmin del proyecto de resolución mediante el cual se aprueba la modificación del Procedimiento Técnico del COES N° 07 “Determinación de los Costos Marginales de Corto Plazo”. energia 

El 3 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 164-2021-OS/CD, que dispone la publicación del proyecto de resolución mediante el cual se aprueba la modificación del Procedimiento Técnico del COES N° 07 “Determinación de los Costos Marginales de Corto Plazo” (PR-07) aprobado con Resolución N° 179-2017-OS/CD, de lo que destaca lo siguiente: energia 

–        Se modifica el Objetivo del PR-07: 

“1. OBJETIVO

Establecer los criterios y metodología para calcular los Costos Marginales de Corto Plazo (CMgCP) que serán utilizados en la liquidación de la valorización de las transferencias de energía activa, la liquidación de los servicios complementarios e inflexibilidades operativas y en otros procesos y reportes del COES.”

 –        Se modifica la Abreviatura y Definición de Intervalo de CMG (Punto 3.1.1): 

3.1.1. “Intervalo de CMgCP: Periodo de treinta (30) minutos, el cual a su vez contiene dos Intervalos de Mercado. Cada hora cronológica contiene dos Intervalos de CMgCP.” 

–        Se incorpora un nuevo numeral 5 del PR-07 denominado “Productos”: 

5. PRODUCTOS

5.1 Publicación de los CMgCP en tiempo real.

5.2 Reporte diario de los CMgCP.

5.3 Reporte preliminar quincenal de los CMgCP.

5.4 Reporte preliminar mensual de los CMgCP.

5.5 Informe mensual de los CMgCP.

Estos productos serán publicados en el Portal de Internet del COES.” 

–        Se modifica y se enumera el numeral 6 del PR-07 conforme a lo siguiente: 

“7. INFORMACIÓN UTILIZADA PARA EL CÁLCULO DE CMgCP

Para la determinación del CMgCP se utilizará la información detallada en el presente numeral, la cual es obtenida por el COES en aplicación del presente Procedimiento Técnico, de los demás Procedimientos Técnicos del COES y de la normativa que lo regule.

7.1 Información en tiempo real remitida por los Agentes. Corresponde a aquella información establecida en el numeral 2.2 de la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados.

7.2 Costos de las Unidades de Generación. Corresponde a la representación de costos utilizados en la elaboración del PDO.

7.3 Características Técnicas de las Unidades de Generación. Corresponde a los datos suministrados en las fichas técnicas de las Unidades de Generación vigentes y aprobadas por el COES.

7.4 Red de Transmisión. La red de transmisión a utilizarse para la determinación del CMgCP debe incluir a las Barras de Transferencias y en caso de que alguna Barra de Transferencia no esté incluida en la red de transmisión, se procederá de acuerdo con lo estipulado en el numeral 8.4.”

Hasta el 24 de julio de 2021 se pueden presentar opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o de encontrarse habilitada la mesa de partes física, en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima; o remitidos por correo electrónico (PRCOES@osinergmin.gob.pe). Solo se analizarán los comentarios recibidos hasta las 05:30 p.m. del último día del plazo, en cualquiera de los medios antes indicados.

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