Mypes serían exoneradas de pagar multas a Sunat cuando cometan una primera infracción

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Proyecto de ley fue aprobado en la Comisión Permanente del Congreso, en primera votación. Está pendiente una segunda votación.

La Comisión Permanente tiene previsto sesionar este lunes 26 de febrero y uno de los puntos en agenda es la segunda votación de este proyecto de ley.

La Comisión Permanente tiene previsto sesionar este lunes 26 de febrero y uno de los puntos en agenda es la segunda votación de este proyecto de ley.

Las Micro y Pequeñas Empresas (mypes) serían exoneradas de pagar multas a la Sunat cuando cometan una primera infracción. Así lo dispone un proyecto de ley que ya fue aprobado, en primera votación, en la Comisión Permanente del Congreso, en la sesión realizada el pasado 15 de febrero.

La Comisión Permanente tiene previsto sesionar este lunes 26 de febrero y uno de los puntos en agenda es la segunda votación de este proyecto de ley (N° 3676/2022-CR), presentado por Fuerza Popular.

La iniciativa legislativa señala que, independientemente del régimen tributario en el que se encuentre la mype, “ante la primera infracción detectada por la Sunat corresponde aplicar, con antelación a cualquier otra sanción, la exigencia obligatoria de asistir a un curso de capacitación como medida de fiscalización, el que procede una sola vez por cada tipo de infracción tributaria formal o sustancial establecida en el artículo 172 del presente Código”.

Las infracciones establecidas en el artículo 172 del Código Tributario son las siguientes:

  1. De inscribirse o acreditar la inscripción.
  2. De emitir y exigir comprobantes de pago.
  3. De llevar libros y registros contables.
  4. De presentar declaraciones y comunicaciones.
  5. De permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma.
  6. Otras obligaciones tributarias.

El proyecto de ley agrega que la Sunat llevará a cabo los talleres de capacitación por un periodo de hasta tres meses, relacionados a las infracciones tributarias cometidas por las mypes.

Asimismo, la impartición de dicha capacitación se realizará en el local de la mype. “El incumplimiento por inasistencia a los talleres de capacitación dará lugar a la aplicación de la sanción prevista en el Código Tributario para la infracción correspondiente”, señala otro de los artículos del proyecto de ley.

Al respecto, el abogado tributarista Jorge Picón, consideró a la iniciativa legislativa innecesaria. “La Sunat ya cuenta con un sistema de gradualidad al aplicar sanciones, de acuerdo a la frecuencia de infracciones, haciendo rebajas y dispensas de multas cuando no son graves. Establecer ello a nivel de una ley me parece una pérdida de tiempo”, sostuvo.

Por ello, Picón refiere que el proyecto no tiene un sustento técnico, sino que tendría un carácter populista. “Solo se busca el aplauso de un grupo grande de contribuyentes, pero no genera nada bueno para su comportamiento hacia futuro”, anotó.

Por su parte la abogada tributarista Alexa Adriazola, asociada principal del estudio PPU, refirió que las capacitaciones son importantes, por lo que podrían establecerse como un requisito previo a la constitución de una empresa y no esperar hasta que el contribuyente cometa una primera infracción.

“Sería mucho mejor establecer la obligación de las capacitaciones antes de que inicie la empresa su actividad económica. Que sea un requisito previo tener un certificado de capacitación dictado por la Sunat”, remarcó Adriazola.

Fuente:

Diario Gestión

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