Ordenanza que declara la prevalencia de las competencias municipales en parámetros urbanísticos y edificatorios

Con fecha 28 de setiembre de 2023, el Concejo Metropolitano de Lima publicó la Ordenanza N° 2569 (en adelante, la “Ordenanza”), a través de la cual se aprueba la prevalencia de las competencias municipales en parámetros urbanísticos y edificatorios desarrolladas en las normas metropolitanas sobre zonificación de usos de suelos y determina su uso para la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para vivienda de interés social en la provincia de Lima, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

De acuerdo con la Ordenanza, los gobiernos locales pertenecientes a la provincia de Lima y los administrados estarán sujetos a la aplicación de las ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima cuando se trate de parámetros urbanísticos y edificatorios, de acuerdo con lo previsto en los Planes de Desarrollo Urbano y Reajuste Integral de Zonificación, para la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación para vivienda de interés social en la provincia de Lima.

La emisión de esta Ordenanza está motivada por la Sentencia N° 302/2023 del 9 de mayo de 2023 del Tribunal Constitucional, la cual establece que el marco normativo asignó de manera inequívoca a los gobiernos locales, concretamente a las municipalidades provinciales, la competencia exclusiva referida a la regulación de la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones.

En ese sentido, la Ordenanza declara inaplicable, dentro de la provincia de Lima, cualquier norma que vulnere las competencias municipales y se oponga a lo establecido por la Ordenanza.

Además, la Ordenanza señala que el Instituto Metropolitano de Planificación, en coordinación con las municipalidades distritales, evaluará y gestionará las acciones pertinentes que permitan formular los planes de desarrollo urbano y otros instrumentos de planificación urbana y regulación urbanística que correspondan, en concordancia con lo establecido por la Ordenanza.

Fuente:

Equipo Inmobiliario PPU

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