Phillipi Prietocarrizosa Ferrero y Uría

Paro de transportistas: ¿Pueden sancionarme si no llego a trabajar?

Si bien el Ministerio de Trabajo emitió un comunicado, no hay una norma explícita que ampare al trabajador ante un paro de transportes según refieren los abogados consultados.

El paro de transportistas que inició esta mañana, hizo que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) exhorte a las empresas a flexibilizar el horario de ingreso de los colaboradores que encuentren dificultad para llegar a su centro de labores. Dicho comunicado sugiere a las organizaciones dar una tolerancia de llegada de 4 horas a los empleados, priorizar el teletrabajo, y descartar sanciones ante las tardanzas.

¿Me puedes descontar si falto al trabajo por el paro de transportes?
Sin embargo, el mensaje del MTPE solo es una exhortación, refiere Kathy Noriega, abogada laboralista de PPU, pues los trabajadores peruanos no tienen un derecho específico que los ampare ante situaciones como un paro de transportes.

“Un trabajador no podría simplemente sustraerse de su obligación de ir a trabajar, porque, aunque nos parecería muy razonable, este no tiene una línea que lo acerque a este punto. Si bien el empleador no le puede exigir que se traslade un taxi o que tenga un transporte privado para este fin, tampoco se le exige al empleador tolerar, legalmente hablando, me refiero a una inasistencia”, explicó.

Pero no todo está perdido pues el comunicado sí le sirve al trabajador, ante alguna sanción o descuento, para cuestionar la razonabilidad y proporcionalidad de cualquier medida disciplinaria. En caso no proceda el reclamo, y la empresa quiera imponer alguna sanción, “podría calificar como un descuento indebido”.

La abogada también descartó obligaciones de la empresa para facilitar el traslado del trabajador como la contratación de una movilidad privada.

Si bien la organización también puede dar la opción del trabajo remoto, hay puestos que exigen la presencialidad del trabajador. En estos casos, Jorge Toyama el abogado laboralista del estudio Vinatea y Toyama, recordó que ellos tienen tres posibilidades para afrontar un paro: ser descontados por la falta al no trabajar, convenir con el empleador para cobrar el día a cuenta de vacaciones o devolver las horas en los siguientes días.

Toyama indica que no debería haber sanción por la falta, e incluso la empresa podría dar una licencia con goce de haber si lo desea; sin embargo, hay situaciones en las que el trabajador no tiene excusa para faltar a pesar de un paro de transportes.

“Se podría sancionar si es que, por ejemplo, el trabajador no vive en una zona peligrosa y usualmente se traslada en una movilidad propia como moto, bicicleta, vive a 10 cuadras. Allí sí cabe una sanción disciplinaria (descuento o amonestación), porque sería una ausencia injustificada”, refirió el especialista.

Tampoco hay justificación para faltar, si la empresa brinda las facilidades como proporcionar movilidad al colaborador; aunque no sea su obligación. “Lo que debe hacer la empresa con anticipación es informar cuáles serán las modalidades de trabajo para sus trabajadores en estos eventos… establecer las reglas claras y si no lo hace, el trabajador debe pedirlas”, sugirió Toyama.

¿Qué pasa si soy trabajador con contrato temporal?
Si bien el tratamiento es igual para todos, recordó Toyama; el trabajador con contrato temporal “tiene mayor presión psicológica para hacer el esfuerzo de venir a trabajar o demostrar que no puede trabajar o hacer el esfuerzo de teletrabajo”, refirió.

Una foto puede ser suficiente prueba
Según la experiencia de Cesar Puntriano, abogado laboralista y socio del Estudio Muñíz, la mayoría de empresas comprenden este tipo de situaciones y respetan las exhortaciones del MTPE cuando se trata de tolerar las tardanzas, pero es importante que el trabajador tenga pruebas de las dificultades.

“Lo primero es apelar a La razonabilidad; es decir, conversarlo con su jefe directo, en segundo lugar, con el área de Recursos Humanos de la compañía, para ver si hay una reflexión por parte de la empresa y con ello, un cambio en la decisión… Si el trabajador está afiliado a una organización sindical, plantear su disconformidad a través del sindicato, porque si bien la medida no sería ilegal, la sanción o el descuento, si sería irrazonable”, refirió.

Asimismo recomendó a los trabajadores tomar fotografías del paradero, de las calles y hasta de algún diario del día para tener pruebas de su tardanza. Además, recordó que ellos no deben actuar de mala fe, en el sentido de aprovechar el paro para realizar actividades de recreación en horas de jornada laboral.

Compartir:

Abogados

Te puede interesar