Se optimiza el recurso de casación en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y se modifica Reglamento de Asignación Familiar

El día de hoy, 01 de marzo, se han publicado en el Diario Oficial “El Peruano” dos normas de relevancia laboral.

De un lado, mediante la Ley N°31699, se ha dispuesto la optimización del recurso de casación en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N°29497.

En ese sentido, se ha modificado los artículos 34, 35, 36, 37 y 39 de la Ley N°29497, referidos a las causales para interponer el recurso de casación, la admisión del mismo, su procedencia, el desarrollo del trámite ante la Corte Suprema y las consecuencias del recurso, respectivamente. Asimismo, se ha incorporado un nuevo artículo 37-A, que versa sobre la competencia de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.

Entre los aspectos más relevantes modificados se encuentra el desglose de las causales para interponer el recurso de casación, así como el aumento del monto para interponerlo – pasando de 100 a 500 Unidades de Referencia Procesal – y la imposición de multas en caso este se declare inadmisible y se advierta una conducta maliciosa o temeraria.

Los cambios introducidos se encontrarán vigentes tras 60 días de su publicación, es decir, a partir del 30 de abril de 2023.

De otro lado, mediante Decreto Supremo N°003-2023-TR se ha modificado el Decreto Supremo N°035-90-TR, Reglamento de la Ley que fija la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privada.

Esta modificación corresponde a la adecuación del Reglamento al nuevo texto de la Ley N°25129 modificada el pasado noviembre, a fin de incluir que este beneficio se otorga también a los trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa.

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