CMF cancela y rechaza inscripciones de prestadores de servicios financieros bajo Ley Fintech
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CMF cancela y rechaza inscripciones de prestadores de servicios financieros bajo Ley Fintech

Introducción

El 26 de junio de 2026, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) comunicó dos resoluciones relevantes en el marco de la Ley N° 21.521 (Ley Fintech) y la NCG N° 502: la cancelación de inscripciones y el rechazo de solicitudes de inscripción y/o autorización de prestadores de servicios financieros. Ambas decisiones marcan un punto de inflexión en la aplicación del régimen regulatorio fintech en Chile.

  1. Cancelación de inscripciones

La CMF canceló la inscripción de diversas entidades y personas naturales en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros por incumplimiento de los requerimientos establecidos en la Ley Fintech y la NCG N° 502. Las cancelaciones afectaron a dos grupos: (i) inscritos y autorizados para asesoría de inversión que no presentaron oportunamente información actualizada o la autorización de servicio en la forma requerida; y (ii) entidades registradas para otros servicios fintech que no proporcionaron la información exigida o no solicitaron autorización dentro del plazo legal.

  1. Rechazo de solicitudes de inscripción

La CMF rechazó las solicitudes de inscripción y/o autorización de 7 entidades vinculadas al servicio de intermediación de instrumentos financieros. El rechazo se fundó en que las entidades no subsanaron observaciones ni aportaron los antecedentes requeridos, incluyendo documentación incompleta, falta de estados financieros auditados y la imposibilidad de comprobar la constitución de garantías en resguardo de clientes.

  1. Implicancias prácticas

En ambos casos, las entidades afectadas pierden su habilitación transitoria y deben abstenerse de prestar nuevos servicios financieros regulados, pudiendo únicamente concluir operaciones vigentes e informar a sus clientes. Estas resoluciones confirman que la CMF está cerrando activamente la ventana de habilitación transitoria y exigiendo con rigor el cumplimiento de la Ley Fintech. Para empresas fintech, inversionistas y contrapartes, recomendamos:

  • Revisar el estado de sus procesos de inscripción y autorización ante la CMF.
  • Verificar la completitud de antecedentes, garantías y estados financieros auditados.

Evaluar riesgos contractuales y operativos derivados de operar con prestadores no autorizados.