Aclaran competencias de Cofopri y municipios para formalizar predios, ¿de que se trata?

El precedente busca ser una solución a las discrepancias interpretativas que han caracterizado al proceso de formalización de propiedad, estableciendo un criterio claro que deberá seguirse en adelante.

Municipalidad será competente cuando Cofopri no intervenga en la formalización de propiedad | Foto: Andina
Municipalidad será competente cuando Cofopri no intervenga en la formalización de propiedad | Foto: Andina

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), ha establecido un precedente de observancia obligatoria que delinea claramente la competencia entre las municipalidades provinciales y la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) en lo que respecta a la formalización de propiedades.

Este lineamiento surge en respuesta a la necesidad de clarificar las responsabilidades de ambas entidades bajo las Leyes Nº 28687 y 31056. El documento, firmado por el presidente del Tribunal Registral, especifica que la competencia para la formalización de propiedades recae en la municipalidad provincial en áreas que no han sido intervenidas previamente por Cofopri.

Esta decisión se apoya en el análisis de varias resoluciones anexas y busca optimizar el proceso de formalización, evitando superposiciones y conflictos de competencia entre las dos instituciones.

Kateleen Urbina, asociada del área Inmobiliario del estudio Miguel Mur & Abogados explica que hasta la fecha, tanto las municipalidades como Cofopri han tenido roles activos en la formalización de propiedades, generando en ocasiones cierta confusión sobre las competencias exactas de cada entidad.

Sin embargo, bajo el Régimen de Temporal Extraordinario de Formalización, Cofopri asumirá la responsabilidad en la formalización de terrenos en áreas específicas, y tomando a las municipalidades con un papel complementario en zonas no intervenidas por Cofopri.

Urbina afirma que el precedente surge en respuesta a variadas interpretaciones y resoluciones del Tribunal Registral, que reflejaban una división en la comprensión de las competencias de ambas entidades.

“La intención detrás de este cambio es proporcionar una interpretación uniforme y predecible que facilite el proceso de formalización, beneficiando a los ciudadanos que buscan legitimar la titularidad de sus propiedades” menciona.

Las municipalidades, mientras retienen la capacidad de formalizar propiedades en ciertas áreas, deben ahora comunicarse y coordinar esfuerzos con Cofopri para evitar duplicidades y optimizar el proceso.

“Es un paso necesario para eliminar – a nivel registral- la ambigüedad en la interpretación de las normas y mejorar la claridad del sistema de formalización de propiedades”, dijo.

En línea con Urbina, Luis Aliaga, asociado en PPU, confirma que históricamente, la competencia entre Cofopri y las municipalidades provinciales ha generado incertidumbre en el proceso de formalización de propiedades.

Con el nuevo precedente, se establece que ambas entidades tienen competencia para formalizar derechos de propiedad, pero con una importante condición: las áreas formalizadas por las municipalidades provinciales no deben haber sido previamente intervenidas por Cofopri. Esta disposición busca evitar la superposición de esfuerzos y la confusión en la inscripción de títulos.

Para el ciudadano común, esta clarificación de competencias se traduce en una vía más accesible y eficiente para la formalización de la propiedad.

Al reducir los costos y demoras asociados al proceso de inscripción de títulos, se espera que más personas puedan formalizar sus propiedades, beneficiando especialmente a aquellos con menos recursos.

Esta medida no solo facilita la adquisición de derechos formales sobre las propiedades sino que también promueve la inclusión y el acceso a servicios y beneficios legales derivados de la formalización de la propiedad.

Fuente:

Diario Gestión

Compartir: