Aprueban la clasificación anticipada para proyectos de inversión en el sector VIVIENDA

El 26 de agosto de 2021, se publicó el Decreto Supremo 015-2021-VIVIENDA, mediante el cual se aprueba la clasificación anticipada para proyectos que presentan características comunes o similares del sector Vivienda sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”). Esta clasificación anticipada fue incorporada como Anexo III al Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento (Decreto Supremo 015-2012-VIVIENDA).

Cabe mencionar que la clasificación anticipada consiste en asignar la categoría de estudio ambiental (Declaración de impacto ambiental, Estudio de Impacto ambiental semidetallado o detallado) a un grupo de proyectos con características comunes o similares.

Por ese motivo, el titular de un proyecto que cuente con clasificación anticipada (Anexo III) debe elaborar el estudio ambiental correspondiente, de acuerdo a los Términos de Referencia (en adelante, “TDR”) aprobados y presentarlo para su revisión y evaluación, sin solicitar la clasificación del proyecto. No obstante, a solicitud del titular, la autoridad competente puede clasificar en una categoría distinta los proyectos contenidos en el Anexo III, en atención a las características particulares del proyecto y/o del ambiente donde se tiene previsto desarrollar.

Asimismo, en tanto se aprueben los TDR, para la presentación de los estudios ambientales de acuerdo con la categoría asignada, se consideran los TDR de los Anexos III, IV y VI del Reglamento de la Ley del SEIA (Decreto Supremo 019-2009-MINAM).

Finalmente, los procedimientos de clasificación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente norma, continúan su trámite de acuerdo a la normativa vigente al momento de su inicio.

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