Aprueban las Directivas para la Gestión de Contrataciones por Encargo y para la Gestión de Compras Corporativas

El día de hoy, viernes 28 de mayo, ha sido publicada la Resolución Jefatural N° 114-2021-PERÚ COMPRAS que aprueba la Directiva N° 004-2021-PERÚ COMPRAS “Directiva para la Gestión de las Contrataciones por Encargo” (la “Directiva para Contrataciones por Encargo”) y la Directiva N° 005-2021-PERÚ COMPRAS “Directiva para la Gestión de Compras Corporativas” (la “Directiva para Compras Corporativas”). A continuación, expondremos sus principales disposiciones.

Directiva para la Gestión de las Contrataciones por Encargo

Las contrataciones por encargo se realizan a solicitud de las entidades que requieran la ejecución de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección, siendo necesaria la suscripción de un Convenio Interinstitucional de Contratación por Encargo, entre PERÚ COMPRAS y la Entidad que encarga (en adelante, la “Entidad”).

La Dirección de Compras Corporativas, órgano de Perú Compras, puede optimizar el requerimiento del área usuaria de la Entidad. Inclusive, puede solicitar la cooperación de entidades especializadas en el objeto de la contratación y/o requerir la contratación de expertos.

La referida Dirección propone a la Jefatura de PERÚ COMPRAS los miembros que integrarán el Comité de Selección, que serán designados mediante Resolución Jefatural, para cada procedimiento de selección en particular. Una vez que la Buena Pro otorgada por éste quede consentida o administrativamente firme, se remite el expediente de contratación a dicha Dirección, quien a su vez lo envía a la Entidad para el perfeccionamiento del contrato que corresponda.

Si el procedimiento de selección es declarado desierto total o parcialmente, el Comité de Selección emite un informe dirigido a la Dirección de Compras Corporativas, en el que evalúe las causas de ello.

Directiva para la Gestión de Compras Corporativas

Cabe señalar que el mecanismo de Compras Corporativas es una estrategia logística eficiente que agrupa la demanda de las entidades participantes para contratar en forma conjunta, bienes o servicios en general de naturaleza similar, a través de un procedimiento de selección único.

Las Compras Corporativas pueden ser (i) facultativas, cuando lo decidan entidades participantes, previa suscripción de un Convenio Interinstitucional con PERÚ COMPRAS; o (ii) obligatorias, cuando así lo disponga el Ministerio de Economía y Finanzas, en el que se detallen los bienes y servicios en general a ser contratados.

Para cada Compra Corporativa obligatoria y facultativa, PERÚ COMPRAS designa a un Comité Técnico Especializado para la homogeneización de los bienes y servicios en general similares a ser contratados corporativamente. Los miembros del mencionado comité deberán contar con el conocimiento técnico del objeto de la contratación, salvo por el representante de PERÚ COMPRAS, cuyo conocimiento será en materia de contratación pública.

Al igual que en las Contrataciones por Encargo, en las Compras Corporativas la Dirección de Compras Corporativas propone a la Jefatura de PERÚ COMPRAS los miembros para el Comité de Selección, los cuales serán designados mediante Resolución Jefatural, para cada procedimiento de selección. A partir del momento en que la Buena Pro otorgada por éste resulte consentida o administrativamente firme, deberá remitirse el expediente de contratación a tal Dirección, de forma que esta lo envíe a las entidades participantes y cada una de ellas perfeccione el contrato respectivo.

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