Aprueban reglamento de la ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica

Mediante el Decreto Supremo N° 001-2024-SA publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el día 20 de enero del presente año, se ha aprobado el Reglamento de la Ley N° 31561, Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica.

Recordar que, mediante la referida Ley N° 31561, se estableció que las trabajadores tienen derecho a 1 día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.

Las principales disposiciones introducidas por el Decreto Supremo N° 001-2024-SA son las siguientes:

  • Para solicitar la licencia con goce de haber para la detección temprana de cáncer de mama y/o de cuello uterino, se debe presentar una solicitud simple acompañada de la programación de la cita para la realización de exámenes de detección de esos tipos de cáncer. Esto por lo menos 3 días hábiles antes de la cita programada.
  • Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la realización del examen, la trabajadora debe presentar la constancia de la atención.
  • La licencia con goce de haber para la detección temprana de cáncer de mama y/o de cuello uterino es asumida por el empleador, sin subsidio por EsSalud.
  • Para garantizar la continuidad de la atención, el empleador debe brindar facilidades a la trabajadora de acuerdo con las disposiciones relacionadas a permisos y/o licencias establecidas en su reglamento interno de trabajo o el que haga sus veces.

Fuente:

Equipo Laboral PPU

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