Debemos modernizar el sistema concesional minero

En el año 2021 y con el desarrollo de tecnologías que han demostrado funcionar en las más múltiples áreas, no es posible justificar que nos mantengamos con el actual sistema de otorgamiento y registro de concesiones mineras. En este sistema el proceso de constitución de concesiones es llevado y resuelto por los Tribunales de Justicia, los que carecen de conocimientos técnicos; el registro concesional está a cargo de los Conservadores de Minas, quienes lo realizan mediante un sistema muy costoso e ineficiente de inscripciones físicas en libros; y la “administración” de dichas concesiones es realizada por el Sernageomin, el que debe basarse en lo que le informan los titulares de las concesiones, pero con nula comunicación con dichos conservadores. Al listado anterior puede agregársele también la Tesorería, como ente recaudador de las patentes mineras.

La variedad de autoridades involucradas y la forma de dicho sistema concesional responde a la mejor forma que se tenía a inicios de los 80’ para evitar discrecionalidad, corrupción o incertezas. Sin embargo, los medios tecnológicos disponibles pueden reemplazar y mejorar en todas sus formas el sistema actual, brindando aún más transparencia, y a todas luces haciendo más eficiente y menos costoso el otorgamiento y administración de concesiones mineras.

Me imagino un sistema llevado por una única autoridad técnica, la que, con presupuesto suficiente, otorgue concesiones garantizando los principios actuales más relevante (seguridad, preferencia y publicidad), registre concesiones de igual manera que los Conservadores, en cuanto a lo que en ellos actualmente se inscribe y anota, pero con mejores herramientas (digitalización de planos, mensuras, etc.), de manera más segura, con acceso a la información de manera más barata y rápida, con generación automática de certificados y copias del registro de concesiones y dando cuenta también de los permisos o sanciones relacionados a la concesión. En este nuevo régimen el cruce de información entre Tesorería y dicha autoridad sería inmediato, sin necesidad de que medie un Tribunal con procesos poco prolijos como los actuales, con expedientes interminables que llevan a que los remates no se produzcan y que las declaraciones de terreno franco no se inscriban. Bajo este sistema, entre otros beneficios, se mantendría la tan valorada objetividad en la preferencia concesional minera, pero ya no existirían las superposiciones entre concesiones, evitándose los juicios de oposición o nulidad.

Esperemos que en el contexto del análisis de nueva constitución y de revisión de administración de recursos naturales, lo anterior sea discutido y se propenda a una modernización de nuestro sistema actual.

Fuente:

REVISTA INDUSTRIA LEGAL

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