Fin de la Alerta Sanitaria por Covid-19

¿Qué hay de nuevo?

La autoridad ha decido no prorrogar la Alerta Sanitaria decretada por motivo del Covid-19, llegando ésta a su fin el 31 de agosto de 2023.

 

¿Por qué es importante?

Deja de estar vigente el teletrabajo “forzoso”, en virtud del cual el empleador se encontraba en la obligación de ofrecer teletrabajo a los trabajadores que se encontraran en las hipótesis de la Ley N°21.342 de Retorno Gradual Seguro al Trabajo o en los artículos 202 inciso 3° y 206 bis del Código del Trabajo, que hacen referencia a:

  1. trabajadores con alguna condición de salud riesgosa;
  2. trabajadores que tengan a su cuidado a un menor de edad, persona con discapacidad o adulto mayor; y
  3. trabajadoras embarazadas.

 

 Asimismo, se levantan las medidas de prevención del Covid-19 en los lugares de trabajo, por lo que dejará de aplicarse el Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral Covid-19 en las empresas y el Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a Covid-19.

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