Modificación Constitución para restablecer el voto obligatorio en las elecciones populares

Ante diversas consultas de nuestros clientes, hemos redactado este Memorándum, el cual expone de manera sintética la modificación a la Carta Fundamental para restablecer el voto obligatorio en las elecciones populares, publicada el día de hoy en el Diario Oficial bajo la ley N° 21.524.

I. De la Reforma Constitucional actual (Ley N°21.524).

1. En diciembre de 2022, el Senado aprobó y despachó el proyecto de reforma constitucional, que busca restablecer la obligatoriedad del voto en las siguientes elecciones populares, abandonando el voto voluntario. Finalmente es publicada en el Diario Oficial la ley 21.524, que reforma particularmente el artículo 15 de la Constitución actual, a propósito de los principios del acto electoral.

2. A continuación, indicamos a través de un cuadro comparativo los cambios realizados por dicha reforma:

Artículo 15 de la Carta Fundamental previo a la reformaArtículo 15 de la Carta Fundamental reformado
En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y voluntario. Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución.   En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario y secreto.     El sufragio será obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias. Una ley orgánica constitucional fijará las multas o sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de este deber, los electores que estarán exentos de ellas y el procedimiento para su determinación.   Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución.  

3. De esta forma, la reforma constitucional establece un sistema de inscripción automática desde los 18 años, y con voto obligatorio (salvo en las elecciones primarias, en donde el voto continuará siendo voluntario).

4. Actualmente, la reforma a la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinio no ha sido reformada en sintonía al cambio constitucional, pero es de esperar que en un tiempo cercano ella sea modificada para efectos de dar cumplimiento al nuevo inciso segundo del artículo 15, en el sentido de establecer las multas y sanciones para aquellos que no cumplan con el deber de asistir a votar.

  1. Evolución Histórica del sufragio en Chile.

5. Las primeras elecciones se realizaron en diciembre de 1810, fecha en que se dictó el primer Reglamento Electoral, para elegir el primer Congreso Nacional. Según este reglamento, quienes tenían derecho a voto eran todos los individuos que por su fortuna, empleos, talentos o calidad gozan de alguna consideración en los partidos que residan, siendo vecinos y mayores de veinticinco años”. También, tendrían derecho a voto los eclesiásticos seculares, los curas, subdelegados y militares. Con ello, se fue configurando un sistema de sufragio censitario, que perduró hasta 1888.

6. En el año 1829, tras la victoria de los conservadores, se impone un sistema fuertemente presidencialista, que se consagró en la Constitución de 1833, que consolidó el inicio de la República Democrática en Chile, y mantuvo su vigencia por casi un siglo.

7. En cuanto al sufragio, en el artículo N°8 se señalaba que: “Son ciudadanos activos con derecho de sufragio los chilenos que hubieren cumplido veintiún años de edad, que sepan leer y escribir y estén inscritos en los registros electorales”, eliminando de esta manera la distinción etaria en caso del estado civil y también el poder acreditar renta y/o capital”. De esta forma y pese a la serie de avances realizados, se mantenía la idea de un voto censitario.

8. Luego, debido a una creciente oposición liberal a las prerrogativas presidenciales, entre 1871 y 1891 se llevaron a cabo una serie de reformas. Entre ellas se dictó la Ley Electoral (1874), que establece que el voto debía ser secreto, y emitido en “papel blanco común que no tuviera señal ni marca alguna, no debiendo ser admitido sin estos requisitos”. De esta manera, se amplía el derecho de sufragio, y se busca impedir situaciones irregulares en el proceso electoral.

9. En 1887, se realiza una de las reformas constitucionales más relevantes del país, eliminando el voto censitario y se cambia por un sistema universal masculino. Con ello, deja de haber distinción etaria, en caso del estado civil, y respecto de la acreditación del capital. Como consecuencia, el universo de electores aumentó de poco más de 49.000 en 1872 a casi 150.000 en 1878.

10. En 1890 se dicta una nueva Ley Electoral, que establece por primera vez el uso de sobres electorales, que debían ser blancos y todos del mismo tamaño, timbrados con el sello de la Alcaldía y entregados por la Municipalidad respectiva a la Junta Receptora correspondiente. Además, aparece como novedad la instalación del “pupitre aislado”, que hoy en día conocemos como cámara secreta.

11. En 1920 suceden una serie de movimientos sociales, que aportaron al desarrollo político del siglo

XX del país y marcan un cambio fundamental del proceso electoral chileno. A su vez, se conformaron

una serie de partidos políticos de izquierda que transforman el escenario político.

12. La Constitución de 1925 en materia electoral, introdujo una serie de modificaciones. Entre ellas, se amplía el derecho a voto, suprimiendo la causal de suspensión del ejercicio del sufragio, basada en la condición de sirviente doméstico. No obstante, se mantienen los requisitos vigentes anteriormente y el voto continúa siendo obligatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del texto constitucional.

13. El aumento de los niveles de participación electoral tuvo un estímulo con la incorporación de la mujer en la vida política. En 1935 se permitió el voto femenino en las elecciones municipales, y en 1949 en las elecciones presidenciales y parlamentarias. Finalmente, en 1952, las mujeres participaron por primera vez en las elecciones presidenciales. Es aquí cuando concluye el sistema de voto censitario y damos inicio a un sistema universal. Desde entonces, su participación en los procesos electorales se fue ampliando progresivamente hasta llegar en 1970 a la paridad con los votantes masculinos.

14. La movilización masiva de la población en la década de los sesenta e inicios de los setenta, se ve interrumpida con el Golpe de Estado producido el día 11 de septiembre de 1973, que puso fin al gobierno de Salvador Allende (1908 – 1973). Durante este periodo, que llega a su fin en 1988, la ciudadanía expresó su deseo de retornar al sistema democrático anterior.  De esta forma, la población se inscribió masivamente en los registros electorales, llegando a un nivel histórico de participación en las elecciones generales de 1989.

15. En el año 2012 se aprobó la Ley N° 20.568 que reformó el sistema de sufragio universal, instaurando la inscripción automática y el voto voluntario. Así, se incorporó a cerca de 4.500.000 de electores, quienes tienen la decisión de ejercer su derecho a voto o no en las futuras elecciones. 

16. Finalmente, en abril de 2014, la Presidenta Michelle Bachelet, promulgó la Reforma Constitucional (Ley N° 20.960) que otorgó derecho a voto desde el exterior a ciudadanos chilenos para plebiscitos, primarias presidenciales y presidenciales.

17. De esta manera, con la modificación constitucional publicada el día de hoy, se reestablece el voto obligatorio con inscripción automática en Chile que, seguramente será reestrenado con la próxima elección de Consejeros constitucionales de 7 de mayo próximo. 

Fuente:

PPU

Compartir: