Nuevo Plan Paso a Paso por Término del Estado de Excepción Constitucional

I.               Introducción

Como consecuencia de la crisis generada por el Covid-19, el Presidente de la República a través del Decreto Supremo N° 104, publicado el 18 de marzo de 2020, decretó el Estado de Catástrofe, el cual comenzó a regir el 20 de marzo de 2020, medida que rigió para todo el territorio nacional y que tiene como objetivo hacer frente a la crisis sanitaria.

Con fecha 30 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 153, mediante el cual se prorroga el estado el estado de excepción constitucional de catástrofe, hasta el 30 de septiembre de 2021.

El día 27 de septiembre de 2021, el Presidente de la República anunció que el Estado de Excepción no sería renovado, debido a la disminución considerable de contagios de COVID-19.

La decisión de no renovar el Estado de Excepción impediría al Ejecutivo establecer toques de queda y cuarentenas. Por ello, el Plan Paso a Paso fue modificado en virtud de la Resolución Exenta N°944, publicada en el Diario Oficial hoy, 1 de octubre de 2021 (el “Nuevo Plan Paso a Paso”).

II.              Término del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe

En virtud de la declaración de estado de catástrofe a causa del COVID-19, y su prórroga, el Presidente de la República contó con las facultades necesarias para restringir las libertades de locomoción y de reunión y disponer requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad del país.

A raíz de la declaración del estado de excepción mencionado, se declararon toques de queda, prohibiciones de traslados entre ciudades y limitaciones al desplazamiento, entre otras medidas.

El término del Estado de Excepción tiene como consecuencia la sustracción de las facultades extraordinarias del Ejecutivo, razón por la cual en principio no podrán declararse toques de queda ni cuarentenas. Sin embargo, la pandemia aún no ha acabado, razón por la cual se seguirán implementando medidas de cuidado.

III.            Modificación Plan Paso a Paso

El Nuevo Plan Paso a Paso, comenzó a regir hoy, 1 de octubre de 2021, el cual considera 4 ejes prioritarios:

1.     Se mantiene la estructura del Plan Paso a Paso, estableciendo fases que flexibilizan medidas sanitarias.

2.     Se eliminan las restricciones de movilidad, pero se mantienen las regulaciones de aforo y de operación de las actividades.

3.     El Pase de Movilidad seguirá otorgando mayores libertades. En este sentido, se diferencian los aforos en reuniones particulares y espacios públicos, dependiendo de si los asistentes cuentan con dicho pase. Adicionalmente, se permite la atención presencial en restaurantes, cafés y gimnasios, en que los asistentes cuenten con pase de movilidad. 

4.     Se mantienen y refuerzan las medidas de autocuidado. El uso de mascarilla y distancia física entre personas continúa siendo obligatorio.

A continuación, nos referiremos de forma breve, a las fases del Nuevo plan Paso a Paso:

1.     Restricción. Se permite la apertura de establecimientos educacionales. Las reuniones en residencias particulares pueden tener un máximo de 5 asistentes. En cuanto a la atención al público, por ejemplo, comercio, museo y parques, el aforo total es de 1 persona cada 12 metros cuadrados.

2.     Transición. Se permite la apertura de establecimientos educacionales. Las reuniones en residencias particulares pueden tener un máximo de 5 asistentes, y de 10, si todos ellos cuentan con pase de movilidad. El aforo total en lugares de atención al público es de 1 persona cada 10 metros cuadrados.

3.     Preparación. La apertura de establecimientos educacionales es obligatoria. Las reuniones en residencias particulares pueden tener un máximo de 10 asistentes, y de 25, si todos ellos cuentan con pase de movilidad. El aforo total en lugares de atención al público es de 1 persona cada 6 metros cuadrados.

4.     Apertura inicial. La apertura de establecimientos educacionales es obligatoria. Las reuniones en residencias particulares pueden tener un máximo de 20 asistentes, y de 50, si todos ellos cuentan con pase de movilidad. El aforo total en lugares de atención al público es de 1 persona cada 4 metros cuadrados.

5.     Apertura avanzada. La apertura de establecimientos educacionales es obligatoria. Las reuniones en residencias particulares pueden tener un máximo de 20 asistentes, y sin restricción de aforo, si todos ellos cuentan con pase de movilidad. No existe restricción de aforo en lugares de atención al público.

IV.            Conclusión

La pandemia sigue siendo un desafío importante para nuestro país, y exige analizar la evolución de la misma día a día. El término del Estado de Excepción no significa que hemos vencido al virus, y las medidas de autocuidado y corresponsabilidad son más necesarias que nunca.

Este Nuevo Plan Paso a Paso flexibiliza las reuniones sociales y actividades en lugares públicos, las que deben ser llevadas a cabo con responsabilidad, para así no retroceder lo avanzado. 

Fuente:

PPU

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