Alerta: Sector Energía

 HIDROCARBUROS energia 

· Modifican el Artículo 17A del Reglamento del Registro de Hidrocarburos de Osinergmin. energia 

Hoy, 16 de septiembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 204-2021-OS/CD, que modifica el artículo 17A del Anexo 1 del Reglamento del Registro de Hidrocarburos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 191-2011-OS/CD, quedando redactado de la siguiente manera:

CAPITULO III

SOBRE LA MODIFICACIÓN EN EL REGISTRO 

“Artículo 17A.- Modificación de datos por cambio de titularidad

Sólo podrá realizar actividad de hidrocarburos, el titular consignado en el Registro a través de la instalación, establecimiento o medio de transporte inscrito.

No procede la modificación de la inscripción en el Registro por cambio de titularidad, en caso se verifique que existen multas impagas, que hayan sido determinadas en procedimientos administrativos sancionadores culminados”.

En suma, se ha eliminado el supuesto que cuando los actos administrativos sancionadores fueran impugnados en vía administrativa sí procedía el cambio de titularidad en el Registro.

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