Cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo IMA

El 16 de noviembre de 2023, se publicó la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00111-2023-OEFA/PCD, mediante la cual se adecúa el cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo IMA, en aplicación de lo dispuesto en el último párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Consejo Directivo Nº 00028-2021-OEFA/CD que aprueba el Procedimiento de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental y crea el Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental – Módulo IMA, de acuerdo al siguiente detalle:

Asimismo, aprueban el Listado de los los/las titulares de actividades bajo competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA que se encuentran habilitados para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental – Módulo IMA, Cuarta fase. El Listado se encuentra establecido en el Anexo de la Resolución.

Cabe precisar que, conforme a lo establecido en la Resolución del Consejo Directivo N° 00028-2021-OEFA/CD, a partir del día hábil siguiente de la publicación del Listado, los administrados incluidos en el Anexo contarán con un plazo de 90 días calendario, para educarse sobre la operatividad y el uso del Módulo; así como para hacer las pruebas correspondientes.

Como consecuencia de lo anterior, durante este periodo, el uso del Módulo IMA es facultativo y OEFA priorizará la supervisión orientativa. Luego de concluido el periodo educativo y de prueba del Módulo IMA, los titulares deben cumplir con la obligación de entregar sus informes de monitoreo ambiental a través de este módulo.

Se podrá ingresar a este módulo a través de la Plataforma Única de Servicios Digitales del OEFA (https://sistemas.oefa.gob.pe/plusd) ingresando su usuario y contraseña.

Fuente:

Equipo Derecho Ambiental PPU

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