Incorporan proyectos de inversión de los sectores Justicia, Educación, y Cultura en la Primera Actualización del Listado de Proyectos sujetos al SEIA

El 26 de julio del 2021, se publicó la Resolución Ministerial Nº 135-2021-MINAM, mediante la cual se modificó la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA (Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINAM). Se incorporaron proyectos de inversión, algunos de los cuales son: inversion 

– Sector Educación: Creación, mejoramiento y/o ampliación de infraestructura de carácter permanente (material noble) de educación básica regular (inicial, primaria y/o secundaria), básica especial (CEBE o PRITE) o Centro Educativo Deportivo Experimental (CEDE), que comprenda al menos una de las condiciones establecidas en la norma.inversion 

– Sector Justicia y Derechos Humanos: Instalación, mejoramiento y/o ampliación del servicio de readaptación social a través de establecimientos penitenciarios o del servicio de reinserción social del adolescente en conflicto con la ley penal a través de centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación, que comprendan al menos una de las condiciones establecidas en la norma.inversion 

– Sector Cultura: Creación, recuperación, mejoramiento y/o ampliación del servicio de interpretación cultural a través de intervenciones arqueológicas, en Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, que se ubique en Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y/o en sus Zonas de Amortiguamiento, en Áreas de Conservación Regional, ecosistemas frágiles o sitios Ramsar, y que desarrollen al menos una de las actividades señaladas en la norma.inversion 

Por otro lado, los proyectos no sujetos al SEIA y que prevean realizar una intervención correspondiente a un mejoramiento, ampliación o recuperación que, en consideración a la integralidad del proyecto, origine la generación de impactos ambientales negativos significativos de acuerdo a los criterios específicos precisados en la Primera Actualización del Listado de Inclusión en lo referido a los Sectores anteriormente mencionados, o los que determine el MINAM, corresponde la presentación de un estudio ambiental, previo a su ejecución. Ello no aplica a los proyectos que se encuentren generando impactos negativos significativos, de manera previa a la ampliación, mejoramiento o recuperación. La presente norma entra en vigencia el 3 de diciembre de 2021.

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