La marca Wolf no pudo ser registrada en la SIC

Aunque negó el requerimiento teniendo en cuenta el signo Wolf & Wolf Seeds,  se declaró infundadas las oposiciones. Es decir,  que esta vez no ganó ni la parte solicitante ni la opositora.

Según la directora de signos distintivos, María José Lamus no existe riesgo de confusión entre el signo solicitado y Wolf y D’Wolf, previamente registradas por Tasso S.A. ya que identifican productos diferentes, la primera esta en la clase  31 internacional de la clasificación de Niza, mientras que las ultimas en la clase 29 que comprende sustancias alimenticias o empleadas como ingredientes en la alimentación

Juan Carlos Uribe, apoderado de Tasso S.A. y socio de la firma Triana, Uribe & Michelsen, manifestó que “la decisión de la SIC se aparta de un riguroso análisis de conexidad de los productos de la marca solicitada y las registradas por mi apoderada,  sí existe riesgo de confusión para un consumidor ordinario”.

Uribe agregó que los alimentos para animales, pueden ser coincidentes con productos como carnes, identificados por su representada. Así mismo, precisó que muchos de los alimentos de los animales son producidos con residuos de carne, lo cual, para Uribe “haber concedido el registro se afecta la reputación de la marca y origina la dilución de la misma como consecuencia de la connotación negativa sobre los productos ya posicionados en el mercado”.

En cuanto al caso de la oposición de la empresa Wolf & Wolf Latin America S.A., aunque la SIC acreditó la existencia de su nombre comercial, evidenció que no existía riesgo de confusión, pues según Lamus no hay relación entre las dos actividades, ya que dicho nombre es usado por una sociedad que se dedica a la importación y exportación de productos vegetales.

Con lo anterior y al determinarse que las oposiciones presentadas eran infundadas, el despacho procedió a realizar el análisis comparativo entre el signo Wolf y la marca Wolf  & Wolf Seeds, aspecto que terminó con la negación de la marca solicitada ya que los productos que pretendían identificar ambas tenían que ver con alimentos para animales.

Camilo Suárez, abogado de la firma Philippi, Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría afirmó que “es acertada la decisión de la Superindustria respecto a negar la marca solicitada, ya que comparada la expresión Wolf  y aquella traída oficiosamente al trámite, se advierte una coincidencia plena en el vocablo que condensa todo el poder diferenciador”.

Cabe recordar que a los involucrados aún les queda una segunda instancia. En concreto podrán apelar ante la delegación para la Delegatura de la Propiedad industrial y en consecuencia si esta tampoco les da luz verde, pueden proceder a llevar el caso al Consejo de Estado.

Las opiniones

Juan Carlos Uribe
Apoderado de Tasso S.A. y socio de Triana, Uribe & Michelsen
“La decisión de la SIC se aparta de un riguroso análisis de conexidad de los productos de la marca solicitada y las registradas por mi apoderado. Sí existe riesgo de confusión para un consumidor ordinario”.

Camilo Suárez
Abogado de Philippi, Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría
“Es acertada la decisión en la SIC respecto a negar la marca solicitada, pues en efecto, existía una similitud entre la expresión Wolf y el signo que el despacho trajo a colación oficiosamente”.

Fuente:

Asuntos Legales

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