MEF aprueba Directiva denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como RAEE”

 El 14 de octubre del 2020, se publicó la Resolución Directoral 008-2020-EF/54.01 (en adelante, la “Resolución”) mediante la cual se aprueba la Directiva 001-2020-EF/54.01 denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” (en adelante, la “Directiva”), a la luz de la legislación vigente en materia de residuos sólidos y RAAE.

La Directiva tiene como finalidad prevenir impactos negativos en el ambiente y garantizar la trazabilidad del manejo de bienes calificados como RAEE. Además, establece las siguientes disposiciones:

  1. Sobre la baja de bienes muebles estatales calificados como RAEE

La Oficina de Control Patrimonial de la Entidad (en adelante, “OCP”), mediante informe técnico sustenta la baja de bienes por causal de RAEE y lo remite a la Oficina General de Administración de la Entidad (en adelante, “OGA”), para su aprobación. La OGA emite resolución en el plazo de 15 días hábiles, en caso de ser conforme.

  1. Procedimiento para la donación de bienes muebles estatales calificados como RAEE

–       Dentro de 15 días hábiles de aprobada la resolución de baja, la Entidad publica la resolución y la relación de los bienes calificados como RAEE. En un plazo de 3 días hábiles de la publicación, remite copia de la resolución y relación de bienes a la Dirección General de Abastecimiento (en adelante “DGA”).

–       Dentro de 3 días hábiles de recibida la comunicación, publica en el portal del MEF el cronograma para presentar solicitudes de donación por parte de los Sistemas de Manejo RAEE y la resolución de baja y relación de bienes calificados como RAEE. 

–       Si transcurrido el plazo no se presentan solicitudes de donación o los solicitantes no cumplen con presentar la documentación, la OCP en el plazo de un 1 día hábil, comunica la resolución de baja y la relación de los bienes calificados como RAEE a por lo menos 3 Sistemas de Manejo de RAEE. 

–       Determinado el donatario, la OCP elabora el informe técnico recomendando la donación y remite el expediente a la OGA para su evaluación. En un plazo no mayor de 15 días hábiles, la OGA emite resolución aprobando la donación a favor del Sistema de Manejo de RAEE en caso de encontrarse conforme el procedimiento.

–       La OCP de la entidad suscribe el Acta de Entrega – Recepción de los bienes calificados como RAEE con el beneficiario de la donación o con el Operador RAEE.

  1. Procedimiento para acumulación de bienes calificados como RAEE para su donación conjunta

Las entidades que no hayan logrado concretar la donación de los bienes, pueden suscribir un convenio encargando a una de ellas a invitar a por lo menos 3 Sistemas de Manejo de RAEE.

  1. Procedimiento para la donación de bienes calificados como RAEE a través de una campaña de acopio municipal

Las entidades que no hayan logrado concretar la donación de los bienes, pueden adherirse a la campaña de acopio municipal que se encuentre promoviendo el Gobierno Local.

Asimismo, se deroga la Directiva 003-2013/SBN “Procedimientos para la Gestión adecuada de los bienes muebles estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada mediante Resolución 027-2013/SBN. Finalmente, la presente Resolución entra en vigencia a partir del 15 de octubre del 2020.

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