Modifican directiva administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia prevención y control del COVID-19 en el centro de trabajo

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Mediante edición extraordinaria de El Peruano, se ha publicado la RM N° 675-2022/MINSA que modifica la Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2 aprobada por Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA.

A continuación, adjuntamos un cuadro comparativo de las modificaciones:

Asimismo, se ha incorporado lo siguiente:

– El sub numeral 6.5.7 del numeral 6.5 sobre Acciones Adicionales:

Dispone que la definición de la valoración de la aptitud o certificado de aptitud o evaluación de la aptitud de la Directiva Administrativa consiste en la evaluación médica realizada por el médico del servicio de seguridad y salud en el trabajo o el que haga sus veces, en el marco de la emergencia sanitaria. NO se trata de aquella a la que se hace referencia en el Documento Técnico “Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad” aprobado por RM N° 312-2011-MINSA.

– El Anexo 10: Guía para el uso de medidores de CO2 en ambientes de trabajo y escuelas

Finalmente, se han dejado sin efecto las siguientes disposiciones: 

– Sub numeral 5.1.33: Regreso al trabajo post cuarentena (por contacto directo).

– Sub numeral 5.1.38: Trabajador vacunado.

– Literal h) e i) del numeral 6.1: Sobre el registro del Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo.

– Anexo 8: Sobre la evaluación del estado de vacunación contra la COVID-19 y el nivel de alerta de la región.

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