Nuevo Código de Trabajo elevaría los cambios a la tercerización a rango de ley

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De aprobarse el anteproyecto en el Congreso, las modificaciones en su reglamento aprobado mediante un Decreto Supremo elevarían su rango legal. La iniciativa aún será debatida en el Consejo Nacional de Trabajo.

Betssy Chávez anunció que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está trabajando en el cronograma para debatir el anteproyecto ante el Consejo Nacional de Trabajo. (Foto: MTPE)

Betssy Chávez anunció que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está trabajando en el cronograma para debatir el anteproyecto ante el Consejo Nacional de Trabajo. (Foto: MTPE)

El anteproyecto para el Nuevo Código de Trabajo incluye dentro de sus 463 artículos las modificaciones a la tercerización laboral aprobadas mediante el decreto supremo 001-2022-TR, emitido en febrero. Dicha medida restringe la posibilidad de realizar esta modalidad de contratación en actividades “nucleares” de los negocios.

 El decreto define a una actividad nuclear como “la actividad de la empresa que suele reportarle mayores ingresos”. La misma definición es recogida en el anteproyecto.

Asimismo, el anteproyecto, que deberá ser debatido en el Consejo Nacional de Trabajo (CNT), contempla ligeras actualizaciones al reglamento de tercerización.

“En el núcleo del negocio solo se permite la contratación indirecta de personal para cubrir necesidades de suplencia. Fuera del núcleo del negocio solo se permite la contratación indirecta de personal para cubrir necesidades de suplencia u ocasionales y tercerización de servicios y obras”, indica el documento.

Cambio de rango

Según especialistas consultados, de aprobarse los cambios en la tercerización tal y como están planteados en el anteproyecto, se elevarían también los cambios reglamentarios aprobados por el el Decreto Supremo a rango legal.

“La idea del Nuevo Código de Trabajo es sustituir las normas vigentes. Entonces, si se aprueba el Código y los cambios en la tercerización, dejaríamos por fuera a la ley actual y tendríamos una nueva disposición”, explicó Katy Noriega, asociada principal del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uria.

El congresista Alejandro Cavero presentó a inicios de mes el proyecto de ley 01522/2021-CR que busca derogar ese decreto supremo. De aprobarse el anteproyecto en esos términos, la iniciativa no tendría efectos sobre la tercerización.

“Si el proyecto de Cavero se aprueba, quedaría derogado el Decreto Supremo que modifica el reglamento. Si el proyecto de Ley General de Trabajo se aprueba, la derogatoria del proyecto de Cavero sería inútil, dado que una nueva norma con rango legal estaría regulando ya la tercerización de servicios”, detalló Diego Castillo, socio del estudio Hernández y Cía.

De esta manera, independientemente de si los argumentos planteados por este proyecto de ley son plausibles, un cambio de rango legal del reglamento impediría que derogue el reglamento de tercerización.

Los especialistas consultados indicaron que aún se tendrá que esperar los resultados del debate en el CNT y cómo este podría modificar los cambios en la tercerización y otras aristas del anteproyecto. Luego de ello, la norma deberá de ser aprobada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y, luego, por el Pleno del Congreso.

Fuente:

DIARIO EL COMERCIO

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