Se amplía el plazo para acogerse al REPRO AFP III

El día de ayer, 27 de febrero de 2024, se publicó, en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 31983, “Ley que modifica la Ley N° 31888, Ley que establece el Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones Adeudados por Entidades Públicas (REPRO AFP III)”, a fin de ampliar el plazo de acogimiento al REPRO AFP III.

Como se recordará, la Ley N° 31888, publicada el 6 de octubre de 2023, estableció el REPRO AFP III. Las entidades públicas que se acojan a él pueden reprogramar el pago de los aportes previsionales que adeuden al Sistema Privado de Pensiones y que se hubieran devengado hasta el 31 de diciembre de 2022, extinguiendo las multas, recargos e intereses que se hubieran generado antes del acogimiento.

Inicialmente, las entidades públicas que cumplieran los requisitos podían presentar su solicitud de acogimiento al REPRO AFP III hasta el 28 de febrero de 2024. Sin embargo, con la publicación de la Ley N° 31983, dicho plazo ha sido ampliado hasta el 15 de abril de 2024.

Fuente:

Equipo Derecho Laboral PPU

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