El día 16 de mayo de 2026, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, por insistencia la Ley N° 32598, Ley que modifica la Ley N° 27181, “Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre”, a fin de precisar las Autoridades Competentes y el régimen de aprobación de la Jerarquización Vial. A continuación, abordamos los principales aspectos de la norma,
a) Autoridades competentes por red vial (15-A.1)
Se precisa que las competencias sobre las redes viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) se distribuyen de la siguiente manera:
- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) respecto de la red vial nacional, incluso cuando las vías atraviesen zonas urbanas.
- Los gobiernos regionales respecto de la red vial departamental o regional, incluso cuando las vías atraviesen zonas urbanas.
- Los gobiernos locales respecto de la red vial provincial, urbana de su jurisdicción y los caminos rurales, conforme al Reglamento de Jerarquización Vial.
b) Aprobación de la jerarquización y sus modificaciones (15-A.2)
Se precisa que la clasificación, reclasificación y modificación de la jerarquización de las redes viales son aprobadas por el MTC, conforme al Reglamento de Jerarquización Vial y demás normas aplicables.
Cooperación y delegación para la gestión (15-A.3 y Disposiciones Complementarias Finales)
Se dispone que las autoridades de los tres niveles de gobierno pueden celebrar convenios y efectuar delegaciones de gestión para la administración, operación, conservación y mejora de la infraestructura vial de su competencia.
De manera particular, se autoriza al MTC a promover y suscribir progresivamente convenios de cooperación técnica y de gestión con los gobiernos regionales y locales, a fin de facilitar la administración y operación de las redes viales de su competencia. Asimismo, se dispone que se adecúe el Reglamento de Jerarquización Vial en un plazo máximo de ciento veinte (120) días hábiles contados desde la entrada en vigencia de la norma.
d) Vigencia
Al no haberse previsto ninguna disposición especial sobre su vigencia, la aplicación de la norma entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación, el 17 de abril.