Disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional

A través del Decreto Supremo No. 013-2020-VIVIENDA (en adelante, el “Reglamento”), publicada el 2 de octubre de 2020, se dispuso aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo No. 1365, decreto legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional (en adelante, el “Decreto”).desarrollo

 

Al respecto, el presente Reglamento tiene como propósito la implementación del Decreto, para definir las acciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante “MVCS”), del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (en adelante, “COFOPRI”), de los Gobiernos Locales y de las Entidades Generadoras de Catastro, para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional; asimismo generar información que permita contar con el inventario físico de viviendas expuestas a peligros o afectadas por emergencias y desastres.     desarrollo

En este sentido, los puntos más resaltantes establecidos en el Reglamento son los siguientes:  desarrollo

1. Sobre el Catastro Urbano Nacional desarrollo
Es un instrumento de gestión urbana sostenible de nivel nacional que contiene información cuantitativa y cualitativa de la infraestructura urbana, edificaciones formales e informales, equipamiento urbano, mobiliario urbano y espacios públicos al interior de los centros poblados urbanos, incluyendo a los conglomerados urbanos, identificando las áreas expuestas a peligros o afectadas por una emergencia o desastre.

2. Alcances del Reglamento desarrollo
El presente Reglamento regula el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional para el adecuado diagnóstico de los centros poblados urbanos que conforman el Sistema Nacional de Centros Poblados (en adelante, el “SINCEP”); el cual es de aplicación obligatoria para las Entidades Generadoras de Catastro y otras entidades públicas, que generan información catastral urbana en todo el territorio nacional.

3. Sobre la gestión del Catastro Urbano Nacional desarrollo
Las instituciones encargadas de la intervención o gestión del Catastro Urbano Nacional son el MVCS, COFOPRI, los Gobiernos Locales y las entidades generadoras de información territorial; acciones que se realizarán según la jerarquía establecida en el SINCEP.  

4. Componentes del Catastro Urbano Nacional desarrollo
El Catastro Urbano Nacional está conformado por componentes que constituyen fuente de información catastral, los cuales son:

· Edificaciones formales e informales. Componente que se encuentra dentro de la categoría Predial Urbano, asimismo contribuye a la planificación urbana territorial, el ordenamiento y desarrollo del territorio.
· Infraestructura Urbana. Se considera a las instalaciones que proveen los servicios de agua, desagüe, energía, disposición de residuos sólidos, comunicaciones, viabilidad y transporte.
· Equipamiento Urbano. Conjunto de edificaciones y espacios predominantemente de uso público utilizados para prestar servicios públicos a las personas en los centros poblados y útil para desarrollar actividades humanas complementarias a las de habitación y trabajo.
· Mobiliario Urbano. Compuesto por el conjunto de elementos instalados en ambientes de uso público, destinados al uso de las personas.
· Espacios Públicos. Se encuentra sobre la superficie urbana, que comprende: espacios libres de edificaciones, dentro o en el entorno inmediato de los centros poblados, que permiten su estructuración y articulación, entre otros.  

5. Sobre la Plataforma Catastral Urbana  
Es un sistema informático de gestión y seguimiento catastral, interoperable; el cual es estructurado, diseñado, implementado y administrado por COFOPRI, siendo sus datos principales: la información alfanumérica y gráfica, además de los registros fotográficos, ortofotos, imágenes satelitales, entre otros.
Además, es un aplicativo web de acceso libre a las entidades públicas, sirve como consulta de información cartográfica y alfanumérica de unidades catastrales y unidades complementarias.

6. Sobre el catastro de daños
Es el Inventario de las viviendas colapsadas e inhabitables, realizando la identificación de la ocupación de los titulares y/u ocupantes de las viviendas y demás predios que se encuentran en las zonas declaradas en emergencia de nivel 4 o 5.

Además, el MVCS dictará las disposiciones complementarias al presente Reglamento, que regulen los procesos, metodología y procedimientos técnicos para la implementación y operatividad del Catastro Urbano Nacional. 

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